Competencias y limitaciones

Los integrantes del OCP no tienen otras competencias que las mencionadas en el protocolo de actuación aprobado por el Consejo de la Facultad de Medicina.

Los miembros serán nombrados por el Consejo de la Facultad de Medicina y deberán adherir mediante firma a un compromiso de absoluta reserva de la información que llegue al OCP de manera de asegurar la confidencialidad de los temas tratados y proteger a las personas involucradas, tanto a las que reportan situaciones problema como a las que son reportadas.

El único interlocutor válido para todos los informes, sugerencias o propuestas de intervención que surjan del grupo de trabajo, es el señor Decano de la Facultad de Medicina quién tendrá la responsabilidad de decidir las conductas futuras respecto a las situaciones reportadas.

Ante cualquier transgresión de estos principios éticos por parte de los integrantes del OCP, el señor Decano tomará las medidas que considere necesarias.